Los patinetes eléctricos podrán circular por bidegorri en San Sebastián

El Ayuntamiento aprueba una normativa transitoria que regirá hasta la aprobación definitiva de la nueva ordenanza

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Los vehículos de movilidad personal con motor (patinetes eléctricos, hoverboards, segway y otros dispositivos similares) podrán circular por las vías reservadas para bicicletas, pero no por las aceras, Parte Vieja, parques o zonas peatonales. Es la principal medida recogida en la resolución que ha elaborado el Ayuntamiento a través de su Departamento de Movilidad, y que estará en vigor de forma transitoria hasta la aprobación de la ordenanza definitiva. El Ayuntamiento, además, realizará una campaña de sensibilización para promover la correcta utilización de los nuevos elementos de movilidad que circulan por nuestras calles.

La proliferación de nuevos vehículos motorizados de diverso carácter y tipología ha llevado al Departamento de Movilidad a tomar cartas en el asunto y adelantarse a la próxima regulación básica prevista por parte de la Dirección General de Tráfico. En tanto en cuanto la DGT no establezca el marco regulatorio general y el Ayuntamiento no elabore la ordenanza municipal definitiva derivada de ésta que recoja la realidad de estos nuevos vehículos, el consistorio donostiarra ha optado por aprobar una resolución que estará vigente de forma transitoria.

Así, ha tipificado los vehículos en tres categorías, conforme a sus características de tamaño y mecánica, estableciendo un marco de uso conforme a cada caso.


Categorías


Vehículo de Movilidad Personal (VMP, con motor eléctrico) y Aparatos de Movilidad Personal (AMP, sin motor)
  • Grupo 0: Anchura máxima: 70 centímetros. Longitud máxima: 1,2 metros. Capacidad máxima: 1 persona (patinete y monopatín sin motor)
  • Grupo 1: Peso: igual o menor de 25 kilos. Velocidad máxima: 25 km / hora. Anchura máxima: 70 centímetros; Longitud máxima: 1,20 metros. Capacidad máxima: 1 persona. Motor eléctrico. Edad mínima: 16 años. Luz delantera y trasera. Sistema de frenado. (patinetes eléctricos, hoverboards y otros dispositivos motorizados)
  • Grupo 2.: (segway, otros vehículos eléctricos con asiento). Peso y tamaño superior a las anteriores categorías. Edad mínima: 18 años. Casco homologado: obligatorio. Sistema de frenado. Luz delantera y trasera. Prenda reflectante, en condiciones nocturnas o de baja visibilidad.

Publicada el 12/26/2018