BOLETÍN Nº 23 - 4 de febrero de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 260/2019, de 22 de enero, del Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se modifica la Resolución 1156/2018, de 4 de abril, por la que se aprueba el procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y el procedimiento para que el personal funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros pueda adquirir nuevas especialidades en el citado Cuerpo, a efectos de ampliar el número de plazas y especialidades convocadas.

Por Resolución 1156/2018, de 4 de abril, del Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, se aprobó el procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y el procedimiento para que el personal funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros pueda adquirir nuevas especialidades en el citado Cuerpo.

Dicha Resolución, que fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 73, de 17 de abril de 2018, convocaba un total de 73 plazas del Cuerpo de Maestros.

Esas plazas provenían de la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos correspondiente a los años 2013, 2014 y 2015, aprobada por Decreto Foral 20/2015, de 25 de marzo.

Si bien el comienzo de las pruebas para el ingreso en el Cuerpo de Maestros no estaba previsto hasta junio de 2019, fue necesario llevar a cabo la convocatoria de esas 73 plazas en aquel momento pues, en caso de no haberlo hecho, las mismas se habrían perdido al haber transcurrido los tres años que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establecía como límite para la convocatoria de las plazas que estuviesen incluidas en las correspondientes ofertas de empleo público.

Ya en el año 2018, mediante Decreto Foral 44/2018, de 6 de junio, se aprobó una oferta parcial de empleo público de personal docente no universitario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos del año 2018, correspondiente a la tasa de estabilización prevista en la Ley 3/2017, de 27 de junio.

Dicho Decreto Foral, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 109, de 7 de junio de 2018, incluye un total de 430 plazas del Cuerpo de Maestros.

Y más recientemente, mediante Decreto Foral 101/2018, de 12 de diciembre, se aprobó una oferta parcial de empleo público de personal docente no universitario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, correspondiente a la tasa de reposición prevista en la Ley 6/2018, de 3 de julio.

Dicho Decreto Foral, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 244, de 20 de diciembre de 2018, incluye un total de 169 plazas del Cuerpo de Maestros.

Considerando la obligación que establece la Ley de Presupuestos Generales del Estado de reducir la tasa de interinidad del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra por debajo del ocho por ciento, y con la convicción de que la estabilidad en el empleo público para el personal docente es una de las piezas clave de la calidad del sistema educativo, se considera imprescindible utilizar las plazas del Cuerpo de Maestros incluidas en el Decreto Foral 44/2018, de 6 de junio, y en el Decreto Foral 101/2018, de 12 de diciembre, para ampliar el número de plazas y especialidades convocadas en la Resolución 1156/2018, de 4 de abril, del Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación.

El artículo 9.3 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, al tratar sobre la modificación de las convocatorias y las bases de los procedimientos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes, establece que “cuando se produzca, únicamente, un incremento en el número de plazas vacantes convocadas, no será preceptiva la apertura de un nuevo plazo de presentación de instancias, salvo que se añadan plazas vacantes de una especialidad que no hubiera figurado en la convocatoria”.

De acuerdo con dicho artículo, y considerando que la presente ampliación afecta no sólo al número de plazas ya convocadas sino también a las especialidades incluidas en la convocatoria, procede abrir un nuevo plazo de presentación de instancias.

Por otra parte, dentro de las innovaciones en las que se encuentra trabajando el Departamento de Educación se encuentra la utilización, por primera vez en un procedimiento de ingreso a Cuerpos docentes, del sistema de tramitación electrónica para la inscripción en el proceso selectivo.

En este sentido, durante los meses de noviembre y diciembre de 2018 el Departamento ha procedido a digitalizar la documentación que ya fue presentada por quienes se inscribieron en este procedimiento cuando se publicó la Resolución 1156/2018, de 4 de abril. De este modo, quienes ya estén inscritos en el procedimiento no tendrán que volver a inscribirse. En el caso de que quieran presentar nueva documentación, o deseen inscribirse en alguna de las especialidades que ahora se convocan, deberán hacerlo a través de la inscripción telemática.

En coherencia con la implantación de ese sistema, procede también modificar la Resolución 1156/2018, de 4 de abril, en el sentido de permitir que la programación didáctica, hasta ahora entregada por los aspirantes en un acto presencial que tenía lugar antes del comienzo de las pruebas, pueda presentarse por cualquiera de los medios admitidos en Derecho, incluida la presentación telemática. Procede, igualmente, habilitar un plazo concreto para la presentación de las programaciones didácticas.

Para finalizar, procede determinar la fecha concreta en que darán comienzo las pruebas de la fase de oposición, a efectos de garantizar que las personas aspirantes puedan organizar convenientemente su preparación.

Por todo lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que tengo delegadas por Resolución 183/2017, de 7 de marzo, de la Directora General de Universidades y Recursos Educativos,

RESUELVO:

1.º Modificar la Resolución 1156/2018, de 4 de abril, por la que se aprueba el procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y el procedimiento para que el personal funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros pueda adquirir nuevas especialidades en el citado Cuerpo, a efectos de ampliar el número de plazas y especialidades convocadas, cuya cifra total pasa a ser la siguiente:

ESPECIALIDAD

LIBRE

DISCAPACI.

TOTAL

Educación Infantil (castellano)

38

3

41

Educación Infantil (euskera)

44

3

47

Educación Primaria (castellano)

71

7

78

Educación Primaria (euskera)

68

7

75

Lengua Extranjera: Inglés (castellano)

17

1

18

Lengua Extranjera: Inglés (euskera)

17

1

18

Educación Física (castellano)

57

2

59

Educación Física (euskera)

20

1

21

Música (castellano)

24

2

26

Música (euskera)

11

1

12

Pedagogía Terapéutica (castellano)

81

7

88

Pedagogía Terapéutica (euskera)

28

2

30

Audición y Lenguaje (castellano)

48

4

52

Audición y Lenguaje (euskera)

19

1

20

Vascuence (Navarra)

53

5

58

TOTAL

596

47

643

2.º Las pruebas selectivas darán comienzo el sábado 22 de junio de 2019.

3.º Abrir un nuevo plazo de presentación de instancias de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Las personas que ya se hayan inscrito en el presente procedimiento selectivo no tendrán que volver a inscribirse, salvo que opten a alguna de las especialidades no incluidas inicialmente en la convocatoria.

Del mismo modo, las personas que ya se hayan inscrito en el presente procedimiento podrán presentar nueva documentación acreditativa de méritos formalizados hasta la fecha en que finalice este nuevo plazo de inscripción.

5.º Tanto quienes se inscriban por primera vez en la convocatoria como quienes, estando ya inscritos, deseen presentar nueva documentación acreditativa de méritos formalizados hasta la fecha en que finalice este nuevo plazo de inscripción, deberán hacerlo obligatoriamente de forma telemática, a través de Internet, en el Portal del Gobierno de Navarra: www.navarra.es.

Del mismo modo, los méritos a adjuntar a la solicitud deberán presentarse de forma telemática a través de esa misma dirección y conforme a los apartados del baremo señalados en la convocatoria.

6.º La programación didáctica a la que hace referencia la convocatoria podrá presentarse en el Registro del Departamento de Educación (calle Santo Domingo s/n, de Pamplona), en el Registro General del Gobierno de Navarra, en cualquiera de las demás oficinas de registro del Gobierno de Navarra o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que se opte por presentarla en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

En todo caso las programaciones se dirigirán a la Sección de Convocatorias del Servicio de Recursos Humanos (calle Santo Domingo s/n, de Pamplona), y deberán presentarse dentro del plazo comprendido entre el 13 y el 31 de mayo de 2019, ambos inclusive.

Quienes no presenten la programación didáctica dentro de dicho plazo quedarán excluidos del procedimiento.

7.º Trasladar la presente Resolución a la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, a la Sección de Convocatorias del Servicio de Recursos Humanos y a la Sección de Gestión Jurídico-Administrativa, a los efectos oportunos.

8.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

9.º Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación, de conformidad con el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículo 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pamplona, 22 de enero de 2019.–El Director del Servicio de Recursos Humanos, Francisco Javier Iglesias Álvarez.

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